La política pública se la considera como un instrumento social que sirve para conocer la falta de protección de los derechos de un grupo vulnerado. Se pretende que el Estado tome acciones, decisiones u omisiones referente a la deficiencia de recursos destinados a combatir la problemática que afecta a cierta parte de la población.
De esta manera, las políticas públicas no sólo deben ir encaminadas con los instrumentos jurídicos, sino con verdaderos planes de acción que conlleven a alcanzar objetivos que fomenten a los Estados a crear equidad en sectores desfavorecidos, fortaleciendo el derecho a la familia, asegurando un desarrollo integral de todos sus miembros, teniendo en cuenta que la Constitución del Ecuador considera a la familia como núcleo fundamental de la sociedad.
En Ecuador, el Estado ha realizado reformas en la normativa en torno al Derecho de Familia, especialmente al considerar a las parejas que se conforman mediante unión de hecho, como familias; así mismo, eliminando de su contenido el deber conyugal de procrear, estimando que la esencia natural de la conformación de una familia ya no inicia con la concepción de hijos dentro de la relación matrimonial, sino desde la unión de los cónyuges o parejas.
Es importante puntualizar varios aspectos que permitan conocer de forma general el tema:
La política pública se la ha considerado como un medio para solucionar necesidades de una población mediante métodos que permitan aplicar la mejor solución frente a una problemática; facilitando, de esta manera, promover las garantías que sirven para defender y proteger el disfrute de un derecho. Trata de realizar una compensación a este grupo de la sociedad denominado familia para eliminar la inequidad social resarciéndole el daño; por ello, es preciso recurrir al derecho de familia, mismo que se encarga de regular y proteger a estos miembros fundamentales de la sociedad, por medio de instrumentos jurídicos.
Los organismos internacionales son los encargados de garantizar que se proteja el derecho de la familia por medio de instrumentos judiciales como es el caso de la Convención Americana que regula dentro de su normativa la protección al derecho de la familia. En efecto, las organizaciones no gubernamentales generan políticas, estrategias y análisis que se deben implementar en el Ecuador para fomentar una mayor salvedad a estos derechos, mientras que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos es la entidad encargada, en caso de que se irrespete o vulnere los derechos humanos.
Frente a la problemática común de todas las naciones en intentar mitigar la inequidad social que genera la pobreza, salvaguardar los recursos del planeta y proteger la prosperidad de todos, los líderes mundiales establecieron objetivos de común acuerdo para alinear las normativas por medio de políticas públicas, en pro del desarrollo y eficaz cumplimiento de la agenda sostenible que permita alcanzar los dieciséis objetivos planteados.
En relación a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), permiten fortalecer las políticas públicas relacionadas a generar cambios en el derecho de familia, se precisa de cuatro objetivos y medidas a adoptar para mejorar los planes de acción, estos están enfocados en:
a) Fin de la pobreza,
b) Educación de calidad,
c) Igualdad de género,
d) Paz, justicia e instituciones sólidas, describiendo de forma específica:
En los últimos cinco años se han implementado dos planes de gobierno, el primero denominado “Toda una vida” correspondiente al año 2017-2021, donde no se establece una política pública referente a la protección a la familia en su integralidad y contexto, simplemente se hace hincapié de manera superflua a la importancia de la familia y se manifiesta que es considerada como núcleo de la sociedad. Mientras que, en el Plan Nacional de Gobierno correspondiente al período 2021- 2025, no se explica de manera clara y precisa las políticas públicas que ayuden a combatir la vulneración al derecho de familia. El principal objetivo del gobierno es el fortalecimiento de la familia, pero se traza el plan y no su ejecución.
El Estado debe garantizar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral con base a la igualdad de derechos y oportunidades, en conjunto con los vínculos jurídicos que permitan apoyar y proteger a las familias para incentivar el pleno ejercicio de sus derechos y la capacidad de asumir los deberes y las responsabilidades, es por este motivo que el Estado sostiene: las relaciones familiares son irrenunciables, intransferibles, intransmisibles e imperceptibles.
En el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia en el art. 10, indica el deber del Estado, sociedad y la familia de adoptar políticas públicas programadas, que sean necesarias para la plena vigencia y garantía de los derechos. El Estado destinará recursos económicos en forma estable y oportuna para cumplir con las responsabilidades específicas. En concordancia con el art. 97 del mismo cuerpo normativo que indica protección estatal, se refiere a la adopción de políticas sociales y la ejecución de planes, programas y acciones políticas, económicas y sociales que aseguren a la familia los recursos suficientes para cumplir con sus deberes y responsabilidades tendientes al desarrollo integral de sus miembros (CONA, 2002, art. 97). Esto es, generar o ejecutar una política pública directa e inclusiva que garantice la protección de la Familia y sus miembros, siendo necesaria la sostenibilidad de la misma para el beneficio de la sociedad ecuatoriana. Si bien es cierto que existen normas jurídicas e instituciones públicas que buscan la protección de estas personas a través de ellas, se torna difícil su ejecución o ejercicio de cumplimiento en nuestro país.
Por tal razón los organismos internacionales continuamente ratifican el deber del Estado, la sociedad civil y el sector privado, para que promuevan actividades que beneficien a los estratos sociales que están o permanecen rezagados, siendo uno de ellos la familia. Se manifiesta también esta necesidad a través de algunos de los objetivos de desarrollo sostenible: eliminación de la pobreza, el fomento de la educación y la inclusión a gran escala en la equidad de género. Este último permitiría a las mujeres tener mejores condiciones de vida y posiblemente reinsertarse al ambiente laboral, pues la mujer, esposa y madre, es un pilar fundamental dentro de la familia y de la sociedad.
Durante los dos últimos gobiernos se ha propuesto de manera superficial salvaguardar la familia, sin embargo, no se manifiesta o indica puntualmente cual es la política pública a utilizar para su correcta protección, simplemente se remite a una descripción del problema sociológico y no brinda las soluciones para compensar la falta de actividades o programas que impulsen la protección de este derecho considerado como fundamental para la sociedad.
Entre los países que favorecen la institución familiar a través de la correcta implementación de políticas públicas, podemos destacar a Suecia, se proyectan en el desarrollo del niño desde una temprana edad, creando un entorno propicio y fortaleciendo el vínculo de los padres con sus hijos, permitiendo así que los progenitores se involucren en su cuidado. Otro aspecto a destacar en este sentido es la duración del permiso parental con sueldo completo, servicio de guardería para los niños de hasta seis años con un plan eficiente, flexibilidad y permanencia laboral. Adicionalmente, las madres pueden amamantar a sus hijos, antes y después del trabajo, para ello se han creado lugares seguros y apropiados para el efecto.
En nuestro país, si bien se conceden permisos por maternidad remuneradas, aún falta adoptar un sinnúmero de medidas encaminadas al fortalecimiento de la familia: propender el desarrollo cognitivo de los niños, fortalecer los vínculos entre padres e hijos, favorecer la equidad de género, flexibilidad laboral, entre otras. Son medidas urgentes a ser tomadas en cuenta para promover una mayor consolidación de la institución familiar, motor de nuestra sociedad.
Abogado de los Juzgados y Tribunales de la República del Ecuador por la Universidad Técnica Particular de Loja. Magister en Derecho Civil y Procesal Civil de la UTPL. Docente de pregrado y postgrado. Aspirante como Doctor en Ciencias Sociales y Jurídicas de la Universidad de Cádiz España.
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